1. Los trabajadores y sus representantes podrán acogerse a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social si consideran que las medidas adoptadas y los medios utilizados por el patrón no son suficientes para asegurar la seguridad y la salud en el trabajo. Para disminuir los riesgos se deben resolver de https://henrikd825tae6.onzeblog.com/profile