El patrón deberá adoptar las medidas necesarias para la conservación de los historiales médicos individuales previstos en el apartado 3 del artículo 8º del presente Efectivo Decreto, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 22 de la Condición de Prevención de Riesgos Laborales. Las entidades especializadas que actúen https://adirectorysubmit.com/listings12765983/se-desconoce-datos-sobre-diplomado-en-salud-y-seguridad-en-el-trabajo